Una vez que el vehículo
fuera de uso requiere los servicios de un CAT hay que tener en cuenta una serie
de buenas prácticas en la tramitación y recepción.
En caso de que el CAt vaya a
realizar la recogía de vehículos con medios propios o subcontratados no debe
emplear ningún medio de recogida cuya utilización limite la posibilidad de
reutilización de sus componente o pueda provocar algún tipo de derrame de
elementos o fluidos peligrosos.
En ningún caso se dará de
baja y emitirá un certificado de destrucción o de tratamiento medioambiental
sin que el vehículo esté en las instalaciones del CAT y se haya comprobado
sobre el mismo que la matrícula y el número de bastidor coinciden con lo
reflejado en la documentación.
Las documentaciones de cada
baja se archivarán por separado y codificadas a partir de cualquier dato
significativo de cara a que su localización en un momento dado sea rápida.
Los expedientes que se
generen de las bajas tramitadas se archivarán por orden cronológico u otro que
permita al CAT localizar cualquier expediente de forma sencilla.
Se verificará que, en cada
expediente, se archivan todos los
documentos relativos al vehículo, al
titular o propietario y a la baja tramitada, y no se archive ningún expediente
si falta alguna documentación.
El lugar habilitado para el
archivo de las documentaciones debe ser un lugar seco y a cubierto de modo que
las documentaciones no puedan degradarse por la humedad o la lluvia.
El acceso al lugar
habilitado para el archivo estará controlado y vigilado. No son necesarias
grandes medidas de seguridad pero sí un mínimo control de acceso al mismo.
Cuando el vehículo sea un
siniestro y con riesgo o evidencias claras de pérdida o derrame accidental de
fluidos, una vez comprobada la documentación y tramitada la baja, el VFU se
llevará de forma inmediata a la zona de descontaminación para proceder a su
tramitación.
No se llevará a cabo ningún
apilamiento de vehículos en la zona de recepción.
Es recomendable llevar algún
tipo de control que permita tener un buen control del orden de entrada y poder
garantizar que se cumple el plazo máximo de estancia de los vehículos en la
zona de recepción.
Fuente: Ministerio de
agricultura, alimentación y medio ambiente.