martes, 19 de abril de 2011

Convenio Marco Aspremetal con Movilex RAEE – CARD

Por la presente os comunico el contrato Marco que Aspremetal ha firmado con las empresas MOVILEX RAEE y MOVILES CARD, como prestación de servicio de retirada de electrodomésticos, vehículos, baterías de ácidos y metales férreos y no férreos.

El presente contrato tiene por objeto la prestación por parte de MOVILEX RAEE del servicio de recogida de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) de los que los socios de ASPREMETAL dispongan, y por parte de MOVILEX CARD del servicio de recogida de Vehículos al final de su vida útil, Baterías de ácidos y metales férreos y no férreos.

MOVILEX RAEE y MOVILEX CARD, compensarán económicamente a los asociados de ASPREMETAL por la recogida y selección de RAEEs o bien vehículos al final de su vida útil, baterías o Toneladas de metales férreos y no férreos, en las instalaciones de las empresas y por una cantidad, según tarifas en vigor reflejadas en la tabla Anexo I que se adjunta.

Igualmente se le entregará certificado a cada asociado de estar ejerciendo la actividad de acuerdo a la Normativa Medioambiental y conforme a los requisitos establecidos por el Ministerio de Industria y Medio Ambiente y la Consejería de Ordenación Industrial y Política Energética de Extremadura donde se regula la normativa de la recogida de residuos.

El encargo de cada servicio por parte de cada socio de ASPREMETAL se realizará mediante FAX o e-mail que remitirá al numero 924 44 78 86 o e.mail administracionraee@movilex.es , en el que se indicará el volumen aproximado de RAEEs a retirar, o bien vehículos al final de su vida útil, baterías o Toneladas de metales férreos y no férreos.

Habrá un mínimo de kilos para cada retirada de RAEEs  que se pactará con cada asociado de ASPREMETAL.
          

La forma de pago: se realizará facturas mensuales por parte de cada Asociado con resumen mensual de todas las recogidas de albaranes de retirada, y se realizará el pago por parte de MOVILEX RAEE y MOVILEX CARD a los 15 y 30 de cada mes, fecha recepción de factura.


*Las BATERIAS CON ACIDOS, el precio del residuo será el establecido en el Anexo I desde la firma del contrato durante los próximos tres meses, quedando sujeto a variaciones del precio según mercado tanto al alza como a la baja en el resto de la vigencia del contrato .